martes, enero 21, 2025
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Francisco Sarmiento es elegido por votación popular juez de paz de Vejer

José Galindo, juez será designado juez de paz suplente

La localidad de Vejer ha acogido un proceso público que ha permitido elegir al juez titular y al juez suplente durante un periodo de cuatro años.

Así, la mesa electoral se instaló en la Casa de la Juventud, a la que acudieron entre las 10.00 horas de la mañana y las 19.00 horas de la tarde, un total de 646 personas que emitieron su voto de manera indistinta, o solo para una de las dos opciones.

Tras el escrutinio, quedó designado como juez de paz, Francisco Sarmiento Carretero; con un total de 115 votos. En el caso de juez suplente, José Galindo Brenes, logró un total de 101 votos.

Se presentaron un total de 37 candidaturas para juez titular y 29 para juez sustituto. Los requisitos exigidos para poder ser candidatos eran: ser ciudadano español, mayor de edad., estar en pleno derecho de los derechos civiles, no estar condenado por ningún delito y no tener causa de incapacidad o de incompatibilidad para desempeñar las funciones judiciales.

Se presentaron un total de 37 candidaturas para juez titular y 29 para juez sustituto

Entre las funciones del juez de paz, fijadas por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), encontramos tres ámbitos de actuación: judicial, penal y civil. Entre otras cosas, ha de tramitar, celebrar y dictar sentencias en juicios de faltas por hechos de pequeña gravedad. También debe atender el Registro Civil celebrando bodas civiles o inscribiendo nacimientos expidiendo en ambos casos los certificados correspondientes. En materia civil, el juez de paz sólo puede intervenir en casos en los que no se supere determinada cuantía económica. En materia penal, en el juzgado de paz sólo se celebran los juicios menos graves como por ejemplo por insultos, coacciones y determinado tipo de amenazas. También, maltrato de animales domésticos o perturbaciones del orden y daños leves de bienes inmuebles. Además, los ciudadanos pueden ser citados por su juzgado de paz para realizar algún acto de comunicación o alguna diligencia solicitada por otro Juzgado.

Dependiendo del número de habitantes, es posible establecer una sola oficina judicial para varios pueblos y que el juez de paz esté presente determinados días de la semana en cada localidad.

Tanto los jueces de paz como sus sustitutos dejarán el cargo al final del mandato o por las mismas causas que los jueces de carrera. La Ley de Presupuestos Generales del Estado fija una compensación a los jueces de paz por su actividad. La cuantía depende del número de habitantes del municipio.

Esta es compatible, claro está, con los ingresos de otras actividades profesionales que pueda desempeñar. Mientras sea juez de paz, la persona pasará a ser integrante del Poder Judicial y gozará por lo tanto de inmovilidad temporal.

Enlace a la entrevista:

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