El juez solo condena al autor del atropello por un delito de imprudencia grave y descarta los de imprudencia temeraria y omisión de socorro. Dado que el conductor no tiene antecedentes penales, no entrará en prisión
El Juzgado de lo Penal número 4 de Cádiz ha condenado a un año y seis meses de prisión al conductor que atropelló al joven lebrijano, Adrián Vázquez en Conil en el verano de 2015 al circular «distraído» y al doble de la velocidad permitida.
Los hechos probados apuntan que el 24 de julio de 2015, sobre las 7:00 horas, el procesado conducía un Renault Clío por el Paseo Atlántico, en Conil. «Como quiera que iba distraído y a una velocidad excesiva, en torno a 66 kilómetros por hora cuando el límite estaba en dicho tramo en 30, nada más sobrepasar un paso de cebra que existía tras una rotonda, a unos tres metros, no pudo percatarse que Adrián Vázquez estaba cruzando la calzada en compañía de unos amigos para ir a la playa».
A raíz de ese impacto, este sevillano, que contaba entonces con 25 años, estuvo en coma durante varios meses.
El juez solo condena al autor del atropello por un delito de imprudencia grave y descarta los de imprudencia temeraria y omisión de socorro. Dado que el conductor no tiene antecedentes penales, no entrará en prisión.
Asimismo, el juez Julio Serrano admite la tesis de la aseguradora y sostiene que el perjudicado también tuvo culpa en el accidente al cruzar fuera del paso de peatones, lo que ha reducido en un 25% la indemnización que debe recibir por las graves lesiones sufridas y que queda fijada en algo más de 773.000 euros, más intereses.
La sentencia, que no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia de Cádiz.




